• Expediente: CDHM/SE/VEAP/061/029/2019
    • Autoridad: Coordinador del Sistema Penitenciario del Estado de Morelos
    • Hechos violatorios: Garantizar la prevención, atención y erradicación de las adicciones al interior de los centros penitenciarios.
    • Fecha de resolución: 17-06-2024
    • Versión pública: https://app.box.com/s/68qs9yeqd3rt360dhfjc1ncd3a1g44m2

     

    En la presente investigacion se acreditaron las siguientes violaciones a los derechos humanos:

    a) Derechos de las personas privadas de su libertad, en sus modalidades:

    a.1) A una estancia digna y segura.

    a.2) A la protección de la salud.

    En la audiencia de ejecución celebrada el 29 de noviembre del 2019, dentro de la causa penal (CONFIDENCIAL) la jueza de Primera de Primera Instancia, de Control, Juicio Oral y Ejecución de Sanciones del Distrito Judicial Único con sede en Xochitepec, Morelos, ordenón dar vista a este Organismo del caso de V1 quien de acuerdoo a la información rendida por el psiquiatra del CERESO, presentaba daño cerebral secundario derivado del uso de sustancias psicoactivas, así como del informe del encargado de pedagogía donde refiere que el PPL inicio el consumo de cocaína a los 32 años en el interior de dicho centro, lo que trajo como consecuencia una afectación notoria y desgaste grave en su persona. Por lo anterior, este organismo solicitó informes a las autoridades penitenciarias, quienes se limitaron a mencionar que estaba prohibido el ingreso de este tipo de sustancias y que no existia parte informativo relacionado con la situación de adicción de V1; no obstante, de las evidencias recabadas por esta Comisión se concluye la violación a sus derechos humanos, por lo que se emite la presente recomendación.